Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

Rubrica LS y J. Santa Fe – Año 2023

17-01-2023 - El día 13/01/2023, MTEySS de la prov. de Santa Fe, publicó en BO la Res. Nro. 3/2023 por medio de la cual, aprobó el Sistema Digital para llevar y rubricar el Libro Especial de Sueldos y Jornales establecido en el artículo 52 del Régimen de Contrato de Trabajo, aprobado por la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, para aquellos empleadores que ya hayan sido notificados por Afip para su utilización.

 El día 13/01/2023, MTEySS de la prov. de Santa Fe, publicó en BO la Res. Nro. 3/2023 por medio de la cual, aprobó el Sistema Digital para llevar y rubricar el Libro Especial de Sueldos y Jornales establecido en el artículo 52 del Régimen de Contrato de Trabajo, aprobado por la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, para aquellos empleadores que ya hayan sido notificados por Afip para su utilización.

Principales puntos de la resolución:
  • El Sistema Digital, será único y de uso obligatorio para todas las declaraciones y presentaciones que refieran al mes de marzo 2023 en adelante. Siendo optativa su utilización a partir del mes de enero 2023, solicitando antes del 30/3/23 una rúbrica del libro manual de hojas móviles solo para los meses de enero y febrero.
  •  Se podrá presentar y rubricar mensualmente hasta el último día del mes inmediato posterior del período vencido y liquidado.
  •  Presentación Extemporánea, el sistema identificará en forma fehaciente la fecha de las presentaciones realizadas fuera de término, emitiendo acta de infracción correspondiente.
  •  Aquellos empleadores que inicien actividad con empleados bajo relación de dependencia podrán optar por implementar el Libro de Sueldos Digital o solicitar la Rúbrica del libro especial de sueldos y jornales según Art. 3 de la Res. Ministerial 018/2014 y al procedimiento online establecido en Res. Ministerial 120/2022 (esto aplica para rubrica del mes en curso y el inmediato posterior)
 Requisitos para la utilización del sistema digital del Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Santa Fe:
  • Tener clave fiscal y luego tener la misma vinculado con el cuit del empleador/ar.
  • Tener cargados los conceptos de liquidación de sueldos propios y vincularlos por única vez con los fijados por AFIP. Luego definir para cada uno de ellos el tipo de concepto y el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones
  • Efectuar las liquidaciones periódicas y cargar en el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Santa Fe la información de las liquidaciones de haberes correspondientes
  • Validar y aceptar las liquidaciones.

    Por último, se deberá generar el libro de sueldos digital, para luego poder descargarlo desde el servicio de consultas

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