Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

Nuevo REPRO II - Las EESS fueron incluidas como actividad "crítica"

26-05-2021 - El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en fecha 21/05/2021 dicto la Res. 266/2021, publicada en boletín oficial en fecha 22/05/2021, por medio de la cual, se modificaron ciertos parámetros de dicho Programa, creado por la Resolución N° 938/20 de MTEySS.

REPRO II para el mes Mayo de 2021

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en fecha 21/05/2021 dicto la Res. 266/2021, publicada en boletín oficial en fecha 22/05/2021.
Por medio de la cual, se modificaron ciertos parámetros de dicho Programa, creado por la Resolución N° 938/20 de MTEySS.
 
Cuestiones generales sobre el programa:
 
Beneficio para los salarios devengados en el mes de Mayo/2021. El monto máximo será de $ 22.000, en el caso que la remuneración que perciba el trabajador/ar sea inferior a dicho valor, el tope del beneficio a percibir será el 83% de la remuneración total.
Criterios para acceder al beneficio:
 
o La facturación para el periodo comprendido entre el 1° y el 24 de mayo de 2021 y mayo de 2019 debe presentar una reducción superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales. Los índices de actualización serán determinados por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II.
o El indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para el mes de abril de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el organismo mencionado en el punto anterior.
 
• Se exime de la obligación de presentar el balance correspondiente al último ejercicio cerrado de acuerdo a la normativa vigente.
• Se adecua el listado de actividades alcanzadas por el programa Repro II según Res. MTEySS 938/20, donde la venta al por mayor y menor de combustible pasa a ser considerada crítica y el servicios  de playas de estacionamiento y garajes afectado no crítico.
Además el Ministerio de Trabajo por medio de la Res. 267/2021, publicada en boletín oficial el 22/05/2021, determino:
• El plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II”, estará comprendido entre el 26 de mayo y el 1° de junio de 2021 inclusive.
• Pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección:
 
o Abril de 2019 y abril de 2021, son los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación
o Empresas que iniciaron actividad a partir del 1er de enero 2019, no se considerara la facturación.
o Abril 2021, será es mes para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia.
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