Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

Acuerdo entre CESGAR y la EPE para descuentos en energía eléctrica

05-06-2018 - El entendimiento permite la gestión de trámites de descuentos en energía eléctrica a aquellos asociados que puedan acogerse al beneficio de la Ley 11.257, que implica un 10% sobre la tarifa comercial.

Estimado Colega,

Nos dirigimos a Usted a los efectos de poner en su conocimiento un importante logro en cuanto a rebaja de costos del suministro de energía eléctrica.

En razón de la reunión mantenida entre directivos de la Institución y la Secretaría de Energía de la Provincia de Santa Fe, Lic. Verónica Geese, se acordó la centralización de trámites para aquellos asociados interesados en acceder a la reducción tarifaria.

El esquema establecido en la Ley Provincial Nº 11.257, permite únicamente a los usuarios de Tarifa Comercial Pequeñas Demandas – Facturación Bimestral que estén al día con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, acogerse a un beneficio del 10% sobre la tarifa del suministro.

Aquellos asociados interesados en acogerse al beneficio, deberán acercar a CESGAR la siguiente documentación:
  1. Constancia de cumplimiento fiscal extendida por API (podrá gestionar el mismo ingresando en sitio AFIP con Clave Fiscal, e incorporar el servicio “API - SANTA FE - Solicitud de constancia de cumplimiento fiscal”.
  2. Fotocopia de última factura EPE
  3. Constancia de inscripción AFIP

Requisitos:
  1. El cliente no puede tener deuda por consumo de energía eléctrica.
  2. El cliente no puede tener deudas fiscales con el API, de lo contrario no podrá emitir el Certificado de Cumplimiento Fiscal.
  3. La titularidad del servicio eléctrico debe coincidir con los registros del API en el impuesto de Ingresos Brutos.
     
Se adjunta Decreto Nº 1200 respecto al tratamiento tarifario especial en lo que refiere a energía eléctrica.

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