Cámara de Estaciones de Servicios, Garages y Afines de Rosario

Importante: Certificado PYME

16-04-2018 - En razón de la Resolución 74/2018 de la Secretaría PYME de la Nación, se extendió el plazo de vigencia del “Certificado MiPyME” hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal.

Estimado Colega,
Nos dirigimos a Usted a los efectos de poner en su conocimiento que en razón de la Resolución 74/2018 de la Secretaría PYME de la Nación, se extendió el plazo de vigencia del “Certificado MiPyME” hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal.

Para realizar su renovación, deberá recategorizar la PYME a partir de dicho mes. En este sentido, la Administración Federal de Ingresos Públicos informa que para hacerlo se debe ingresar al servicio “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios” y hacer clic en “Nuevo”. Luego, deberá completar una nueva declaración jurada a través del Formulario 1272.

Recordamos que durante el tiempo en que la empresa no se encuentre recategorizada se perderán los beneficios, por lo cual le sugerimos revisar el plazo de vigencia de su certificado.

Finalmente, le recordamos que nuestro equipo de asesores contables se encuentra a vuestra disposición por cualquier consulta respecto a la temática de referencia.


Aprovechamos la ocasión para saludarlo muy cordialmente.

La Comisión Directiva



Fuente: Editorial Errepar  
Whatsappeanos