Vencimientos Febrero 15
05-02-2015 - Recordatorio Vencimientos Febrero 15 - Modificaciones del Drei e Ingresos Brutos
AUTONOMOS: Según terminación del número de CUIT
0 – 1: VTO 03/02
2 - 3: VTO 04/02
4– 5: VTO 05/02
6 – 7: VTO 06/02
8– 9: VTO 09/02
SUSS: (Leyes Sociales): Según terminación del número de CUIT
0 – 1: VTO 06/02
2 - 3: VTO 10/02
4– 5: VTO 11/02
6 – 7: VTO 12/02
8– 9: VTO 13/02
DREI / ETUR: Todos los CUIT EL 10/02/2015
El 18/02/2015 para contribuyentes alcanzados por normas de Convenio Multilateral.
A partir de vencimiento Febrero, según Ordenanza 9353/2014, comienzan a regir los nuevos mínimos para régimen general y régimen simplificado.
INGRESOS BRUTOS LOCAL: A partir de período ENERO, vencimiento Febrero, se modifica los vencimientos según la terminación del número de CUIT, ya no más el código de Ingresos brutos para los vencimientos.
CUIT
0 – 1: VTO 13/02
2 -3 : VTO 18/02
4 – 5: VTO 19/02
6 – 7: VTO 20/02
8 – 9: VTO 23/02
NUEVOS MÍNIMOS EN INGRESOS BRUTOS (la deducción del Drei NO podrá exceder el 8% del impuesto determinado)
MONOTRIBUTO: Todos los CUIT el 20/02/2015
IVA:
Según terminación del número de CUIT
0– 1: VTO 18/02
2- 3: VTO 19/02
4– 5: VTO 20/02
6 – 7: VTO 23/02
8 – 9: VTO 24/02
DDJJ GANANCIAS SOCIEDADES QUE CIERRAN BALANCES EN SEPTIEMBRE 2014: Según terminación del número de CUIT
0– 1: VTO 12/02
2- 3: VTO 13/02
4– 5: VTO 18/02
6– 7: VTO 19/02
8– 9: VTO 20/02
5TO ANTICIPO GANANCIAS PERSONA FISICA/ BIENES PERSONALES:
Según terminación del número de CUIT
0– 3: VTO 13/02
4- 6: VTO 16/02
7– 9: VTO 17/02
*Al pie del presente adjuntamos Ordenanza 9353 con las respectivas modificaciones de las alícuotas.
CP NATALIA MARAGLIANO
0 – 1: VTO 03/02
2 - 3: VTO 04/02
4– 5: VTO 05/02
6 – 7: VTO 06/02
8– 9: VTO 09/02
SUSS: (Leyes Sociales): Según terminación del número de CUIT
0 – 1: VTO 06/02
2 - 3: VTO 10/02
4– 5: VTO 11/02
6 – 7: VTO 12/02
8– 9: VTO 13/02
DREI / ETUR: Todos los CUIT EL 10/02/2015
El 18/02/2015 para contribuyentes alcanzados por normas de Convenio Multilateral.
A partir de vencimiento Febrero, según Ordenanza 9353/2014, comienzan a regir los nuevos mínimos para régimen general y régimen simplificado.
INGRESOS BRUTOS LOCAL: A partir de período ENERO, vencimiento Febrero, se modifica los vencimientos según la terminación del número de CUIT, ya no más el código de Ingresos brutos para los vencimientos.
CUIT
0 – 1: VTO 13/02
2 -3 : VTO 18/02
4 – 5: VTO 19/02
6 – 7: VTO 20/02
8 – 9: VTO 23/02
NUEVOS MÍNIMOS EN INGRESOS BRUTOS (la deducción del Drei NO podrá exceder el 8% del impuesto determinado)
Nº de titulares y personal en relacion de dependencia | Industia y Primarias | Comercio | Servicio |
1 a 2 | $156 | $208 | $156 |
3 a 5 | $279 | $533 | $253 |
6 a 10 | $604 | $877 | $689 |
11 a 20 | $1059 | $1475 | $1313 |
Más de 20 | $1417 | $1956 | $1748 |
MONOTRIBUTO: Todos los CUIT el 20/02/2015
IVA:
Según terminación del número de CUIT
0– 1: VTO 18/02
2- 3: VTO 19/02
4– 5: VTO 20/02
6 – 7: VTO 23/02
8 – 9: VTO 24/02
DDJJ GANANCIAS SOCIEDADES QUE CIERRAN BALANCES EN SEPTIEMBRE 2014: Según terminación del número de CUIT
0– 1: VTO 12/02
2- 3: VTO 13/02
4– 5: VTO 18/02
6– 7: VTO 19/02
8– 9: VTO 20/02
5TO ANTICIPO GANANCIAS PERSONA FISICA/ BIENES PERSONALES:
Según terminación del número de CUIT
0– 3: VTO 13/02
4- 6: VTO 16/02
7– 9: VTO 17/02
*Al pie del presente adjuntamos Ordenanza 9353 con las respectivas modificaciones de las alícuotas.
CP NATALIA MARAGLIANO